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Ayudas para instalar un punto de recarga en casa en Castilla y León
En Castilla y León, instalar un punto de recarga cuesta de media 1.450 € con IVA. Con las ayudas generales que hay allí podrías recuperar hasta 220 €, y además hay convocatorias de comunidades, cabildos y ayuntamientos.
El punto de recarga en el garaje ha tenido ayudas estatales (programas MOVES) gestionadas por las comunidades autónomas, y algunos ayuntamientos y comunidades de vecinos tienen además las suyas para preinstalaciones en garajes comunitarios.
Muchos ayuntamientos bonifican también el impuesto de circulación de los coches eléctricos.

Cuánto te devuelven en un caso típico
Para un cargador monofásico de 7,4 kW en el garaje de una vivienda unifamiliar, con 20 metros de línea, instalación en superficie y boletín y legalización incluidos (1.450 € con IVA en Castilla y León). Cada ayuda tiene sus requisitos; las deducciones de la renta no se suman entre sí y una subvención reduce lo que puedes deducirte.
| Ayuda | Cómo se calcula | En el ejemplo |
|---|---|---|
| 🧾 Deducción en el IRPF por instalar un punto de recarga (15 %) | 15 % de lo pagado, con una base máxima de 4.000 € (hasta 600 € de deducción) | hasta 220 € |
| 🏛️ Bonificación de hasta el 90 % del ICIO por instalar un punto de recarga | Hasta el 90 % de la cuota del ICIO (lo fija cada ayuntamiento) | hasta 50 € |
Ayudas propias en Castilla y León
Castilla y León: deducción en el IRPF por la compra de un coche eléctrico o híbrido enchufable nuevo
Junta de Castilla y León (tramo autonómico del IRPF)
Si compras un turismo nuevo eléctrico o híbrido enchufable (más de 40 km eléctricos) de hasta 40.000 €, puedes restar de tu IRPF el 15 % del precio, hasta 4.000 €. No cubre el punto de recarga, que va por la deducción estatal.
💶 15 % del precio del vehículo, con un máximo de 4.000 € por vehículo (menos lo que se haya deducido por la deducción estatal de ese mismo coche)
🗓️ Deducción vigente en el ejercicio 2026, sin fecha de fin
Requisitos y cómo se pide
- Turismo nuevo eléctrico puro, de autonomía extendida o híbrido enchufable con más de 40 km de autonomía eléctrica (WLTP)
- Precio de compra, impuestos incluidos, no superior a 40.000 €
- No puede estar afecto a una actividad económica
- Se aplica en el año de matriculación y hay que conservar el coche al menos 4 años
- Factura a nombre de quien deduce; matrícula en la casilla 0943
Cómo se pide: En la declaración de la renta del año de matriculación (anexo B, deducciones de Castilla y León), indicando la matrícula.
Compatibilidad: Compatible con la deducción estatal por vehículo eléctrico y punto de recarga, pero lo deducido en la estatal por ese coche reduce el tope de 4.000 €.
Ayudas de toda España que también valen allí
Deducción en el IRPF por instalar un punto de recarga (15 %)
Agencia Tributaria (Estado)
Si instalas un cargador para coche eléctrico en un inmueble tuyo (casa, garaje), te deduces en la renta el 15 % de lo que pagaste, hasta 600 €.
💶 15 % de lo pagado, con una base máxima de 4.000 € (hasta 600 € de deducción)
En el ejemplo de arriba: hasta 220 €
🗓️ Pagos hasta el 31/12/2026 e instalación terminada en 2026 como máximo
Requisitos y cómo se pide
- Instalación en un inmueble de tu propiedad, no afecta a una actividad económica
- La instalación debe terminar como muy tarde en 2026
- Cuentan el equipo, la instalación y las obras necesarias
- Pagar con tarjeta, transferencia, cheque nominativo o ingreso en cuenta (nunca en efectivo)
- Se descuenta lo subvencionado
- Con las autorizaciones y permisos exigidos (boletín eléctrico)
Cómo se pide: En la declaración de la renta del año en que termina la instalación.
Compatibilidad: Compatible con la deducción por la compra del coche eléctrico. Se resta cualquier subvención recibida.
Deducción en el IRPF por comprar un coche eléctrico (15 %)
Agencia Tributaria (Estado)
Si compras un coche eléctrico o híbrido enchufable nuevo (de los que entran en las ayudas estatales), te deduces en la renta el 15 % del precio, hasta 3.000 €.
💶 15 % del valor de compra, con una base máxima de 20.000 € (hasta 3.000 € de deducción); se resta la subvención recibida
🗓️ Vehículos comprados y matriculados hasta el 31/12/2026
Requisitos y cómo se pide
- Vehículo nuevo: turismo M1, cuadriciclo L6e/L7e o moto L3e, L4e o L5e, eléctrico 'enchufable' o de pila de combustible
- El modelo debe ser subvencionable en el programa estatal de ayudas vigente (hoy, Programa Auto+) y no superar su precio máximo
- Primera matriculación en España a tu nombre antes del 31/12/2026
- No afecto a una actividad económica; una sola compra por contribuyente
- Alternativa: pagar en 2026 un anticipo de al menos el 25 % y terminar la compra antes de que acabe el segundo año siguiente
Cómo se pide: En la declaración de la renta del año de matriculación (o del año en que se paga el anticipo).
Compatibilidad: Compatible con la ayuda del Programa Auto+, pero la base se reduce en lo subvencionado. Compatible con la deducción del punto de recarga.
Programa Auto+: ayuda directa para comprar un coche eléctrico (particulares, Línea 1)
Ministerio de Industria y Turismo (Estado)
Ayuda del Estado de hasta 4.500 € por comprar un turismo eléctrico (menos para híbridos enchufables), más un descuento obligatorio de al menos 1.000 € del concesionario. No paga el punto de recarga.
💶 Turismo M1: hasta 4.500 € (furgoneta N1: 5.000 €; motos L3e-L5e: 1.100 €; cuadriciclos: 1.500 €). Se suma por criterios: 50 % del máximo si es eléctrico puro (25 % si es híbrido enchufable o de autonomía extendida), +25 % si cuesta hasta 35.000 € (+15 % entre 35.000 y 45.000 €), +15 % si se ensambla en la UE y +10 % si además la batería cumple requisitos europeos
🗓️ Solicitudes del 4/8/2026 (10:00) al 31/12/2026 (14:00), por orden de llegada hasta agotar 350 millones de euros; luego lista de espera
Requisitos y cómo se pide
- Persona física mayor de edad, residente en España, sin actividad económica (la Línea 2 es para autónomos y empresas)
- Vehículo nuevo con etiqueta CERO, matriculado a tu nombre desde el 1/1/2026
- Turismo con precio máximo de 45.000 € sin impuestos (motos: 10.000 €)
- La factura debe incluir un descuento de al menos 1.000 € del concesionario ligado al Auto+ (no exigido en compras anteriores a la apertura del plazo)
- Un solo vehículo por persona; al corriente con Hacienda y Seguridad Social
- Solicitud electrónica (el concesionario puede tramitarla en tu nombre)
Cómo se pide: Por vía electrónica en la aplicación del Ministerio de Industria; normalmente la tramita el concesionario como representante.
Compatibilidad: Compatible con otras ayudas para el mismo coste hasta el 80 % del coste subvencionable (salvo fondos de la UE). Compatible con la deducción del 15 % en el IRPF (que se calcula descontando la ayuda).
Bonificación de hasta el 90 % del ICIO por instalar un punto de recarga
Ayuntamiento (regla del texto refundido de la Ley de Haciendas Locales)
Si instalar el cargador del coche eléctrico necesita licencia o comunicación de obra, tu ayuntamiento puede rebajar el impuesto de obras (ICIO) hasta un 90 %, si lo recoge su ordenanza.
💶 Hasta el 90 % de la cuota del ICIO (lo fija cada ayuntamiento)
En el ejemplo de arriba: hasta 50 €
🗓️ Regla permanente desde el 23/12/2021
Requisitos y cómo se pide
- Que la ordenanza fiscal de tu ayuntamiento recoja la bonificación
- Instalación homologada por la Administración competente
Cómo se pide: En el ayuntamiento, con la licencia o comunicación previa de la obra.
Compatibilidad: Se aplica sobre la cuota que quede tras las otras bonificaciones; la ordenanza decide si se acumulan.
Bonificación de hasta el 75 % del impuesto de circulación (IVTM) para coches eléctricos
Ayuntamiento (regla del texto refundido de la Ley de Haciendas Locales)
Muchos ayuntamientos rebajan hasta un 75 % el impuesto de circulación a los coches eléctricos o poco contaminantes, si así lo dice su ordenanza.
💶 Hasta el 75 % de la cuota del IVTM según el carburante o el motor (lo fija cada ayuntamiento)
🗓️ Regla permanente de la ley; depende de la ordenanza de cada municipio
Requisitos y cómo se pide
- Que la ordenanza fiscal de tu ayuntamiento recoja la bonificación
- Vehículo que cumpla las condiciones de carburante o motor que fije la ordenanza (normalmente eléctrico o etiqueta CERO/ECO)
Cómo se pide: En el ayuntamiento o en el organismo de recaudación, normalmente al dar de alta el vehículo.
Compatibilidad: Compatible con el Programa Auto+ y la deducción del IRPF.
Convocatorias en Castilla y León
Subvenciones para instalar un punto de recarga publicadas en el último año en la Base de Datos Nacional de Subvenciones que pueden pedir particulares o comunidades de propietarios.
Abiertas o recién publicadas (0)
Ahora mismo no hay ninguna abierta aquí. Mira las del último año: muchas se repiten cada año por las mismas fechas.
Fuente: Base de Datos Nacional de Subvenciones(Ministerio de Hacienda). Revisamos las convocatorias nuevas cada día y las resumimos con ayuda de IA: comprueba siempre los requisitos y el plazo en la convocatoria oficial.
Ayudas cerradas ahora
No admiten solicitudes nuevas. Las de las comunidades suelen convocarse cada año; los programas estatales de esta lista ya terminaron.
MOVES III (ayudas a coche eléctrico y punto de recarga) — terminado
El MOVES III, que pagaba buena parte del punto de recarga doméstico, terminó el 31/12/2025. En 2026 no hay ayuda estatal directa para el cargador; solo la deducción del 15 % en el IRPF. (Solicitudes cerradas el 31/12/2025; quien la pidió tiene hasta el 31/12/2026 para justificar)
Preguntas frecuentes
¿Necesito permiso de la comunidad de vecinos?
No: basta con comunicarlo por escrito a la comunidad antes de instalarlo en tu plaza, y la instalación y el consumo los pagas tú (artículo 17.5 de la Ley de Propiedad Horizontal).
¿De dónde salen las convocatorias?
De la Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS), donde todas las administraciones tienen que publicar sus ayudas. La revisamos cada día con los términos de cada obra y resumimos las que pueden pedir particulares o comunidades de propietarios. Comprueba siempre las bases oficiales antes de pedir una.
Otras ayudas para la casa
Fuentes
- BOE — Real Decreto-ley 7/2026, art. 36.Dos (DA 58.ª Ley 35/2006)
- BOE — Ley 35/2006 del IRPF, texto consolidado (DA 58.ª)
- BOE — Real Decreto 609/2026, de 22 de julio (Programa Auto+), anexo II
- BOE — Extracto de la convocatoria 2026 de la Línea 1 del Programa Auto+ (BDNS 922783)
- Ministerio de Industria y Turismo — Nota de prensa del Programa Auto+
- BOE — Texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, art. 95.6 a) y b) (consolidado)
- AEAT — Manual Renta 2025, Castilla y León: fomento de la movilidad sostenible
Programas revisados a mano en las fuentes oficiales; convocatorias de la BDNS, actualizadas cada día.