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Ayudas para rehabilitar o reformar la vivienda en Cantabria
En Cantabria, rehabilitar o reformar la vivienda cuesta de media 68.600 € con IVA. Con las ayudas generales que hay allí podrías recuperar hasta 1.000 €, y además hay convocatorias de comunidades, cabildos y ayuntamientos.
Las ayudas a la rehabilitación salen del Plan Estatal de Vivienda (que gestiona cada comunidad autónoma), de programas propios de comunidades, diputaciones y cabildos, y de ayuntamientos que ayudan a arreglar viviendas en cascos históricos o de familias con pocos ingresos.
Además, las obras de reforma de una vivienda pagan IVA del 10 % en lugar del 21 % si se cumplen los requisitos (y en Canarias, IGIC reducido en algunos casos).

Cuánto te devuelven en un caso típico
Para un piso de 80 m² útiles, con calidades medias, renovación de cocina, un baño e instalaciones, sin redistribuir tabiques y con comunicación previa sencilla (68.600 € con IVA en Cantabria). Cada ayuda tiene sus requisitos; las deducciones de la renta no se suman entre sí y una subvención reduce lo que puedes deducirte.
| Ayuda | Cómo se calcula | En el ejemplo |
|---|---|---|
| 🧾 Deducción cántabra en el IRPF por obras de mejora en la vivienda o el edificio (15 %) | 15 % de lo pagado, con un máximo de 1.000 € al año en declaración individual y 1.500 € en conjunta (+500 € por cada contribuyente con discapacidad del 65 % o más). Lo que no se pueda deducir por pasar del límite se aplica en los dos años siguientes. | hasta 1.000 € |
Ayudas propias en Cantabria
Deducción cántabra en el IRPF por obras de mejora en la vivienda o el edificio (15 %)
Gobierno de Cantabria (tramo autonómico del IRPF, gestiona la Agencia Tributaria)
En Cantabria recuperas en la renta el 15 % de lo que pagues en obras de mejora en cualquier vivienda tuya de la comunidad o en su edificio: eficiencia energética, renovables, accesibilidad, estanqueidad (tejados, humedades), seguridad o cambio de instalaciones de electricidad, agua, gas o calefacción.
💶 15 % de lo pagado, con un máximo de 1.000 € al año en declaración individual y 1.500 € en conjunta (+500 € por cada contribuyente con discapacidad del 65 % o más). Lo que no se pueda deducir por pasar del límite se aplica en los dos años siguientes.
En el ejemplo de arriba: hasta 1.000 €
🗓️ Vigente para obras pagadas en 2026; la Ley 5/2026 de medidas fiscales no la ha cambiado
Requisitos y cómo se pide
- Vivienda (o viviendas) de tu propiedad situada en Cantabria, o el edificio en que se encuentra; no hace falta que sea la habitual
- Obras con alguno de estos fines: rehabilitación calificada por la Dirección General de Vivienda, eficiencia energética, higiene, salud, medio ambiente, accesibilidad, renovables, seguridad, estanqueidad, sustitución de instalaciones de electricidad, agua, gas o calefacción, o telecomunicaciones
- Pago con tarjeta, transferencia, cheque nominativo o ingreso en cuenta; nada en efectivo
- No vale en viviendas afectas a una actividad económica, garajes, jardines, piscinas o instalaciones deportivas
- Hay que indicar el NIF de quien hace la obra
- Sin límite de renta
Cómo se pide: En la declaración de la renta del ejercicio 2026 (se presenta en primavera de 2027), en el apartado de deducciones autonómicas. Se declara en el anexo B.3 con el NIF de la empresa y el importe.
Compatibilidad: No se puede aplicar sobre las mismas cantidades que la deducción estatal por obras de eficiencia energética (DA 50.ª de la Ley del IRPF) ni la de inversión en vivienda habitual del régimen transitorio, ni sobre la parte pagada con subvenciones exentas. Puedes repartir: una parte de la obra a la estatal y otra a la cántabra.
Deducción cántabra en el IRPF para menores de 36 años por compra o rehabilitación de la vivienda habitual (15 %)
Gobierno de Cantabria (tramo autonómico del IRPF, gestiona la Agencia Tributaria)
Nueva desde 2026: si tienes menos de 36 años y rentas bajas, recuperas el 15 % de lo que pagues por comprar o rehabilitar tu vivienda habitual en Cantabria, el año de la compra o la obra y los dos siguientes.
💶 15 % de lo pagado, con una base máxima de 9.000 € al año (hasta 1.350 €), durante el año de la compra o rehabilitación y los dos siguientes.
🗓️ Nueva en el ejercicio 2026 (Ley 5/2026, en vigor desde el 1/5/2026), sin fecha de fin
Requisitos y cómo se pide
- Menos de 36 años a 31 de diciembre
- Vivienda habitual situada en Cantabria
- Base liquidable (tras el mínimo personal y familiar) inferior a 22.946 € en individual o 31.485 € en conjunta
Cómo se pide: En la declaración de la renta del ejercicio 2026 (se presenta en primavera de 2027), en el apartado de deducciones autonómicas.
Compatibilidad: No consta en la norma; probablemente incompatible con la de obras de mejora sobre las mismas cantidades (revisar).
Ayudas de toda España que también valen allí
Deducción en el IRPF por rehabilitación energética del edificio (60 %)
Agencia Tributaria (Estado)
Si tu comunidad hace una obra en el edificio (fachada con aislamiento, cubierta, aerotermia central…) que baja al menos un 30 % el consumo de energía no renovable o lo deja en clase A o B, cada vecino se deduce el 60 % de su parte: hasta 3.000 € al año y 9.000 € en total.
💶 60 % de lo pagado, con una base máxima de 5.000 € al año (3.000 € de deducción al año); lo que sobre se arrastra 4 años, con una base acumulada máxima de 15.000 € (9.000 € de deducción en total)
🗓️ Obras pagadas hasta el 31/12/2027; el certificado posterior debe expedirse antes del 1/1/2028
Requisitos y cómo se pide
- Vivienda en propiedad en un edificio de uso predominante residencial (no tiene que ser la habitual)
- Certificado de eficiencia energética del edificio antes y después: al menos un 30 % menos de energía primaria no renovable, o clase A o B
- En obras de la comunidad, a cada vecino le toca según su coeficiente de participación
- Pagar con tarjeta, transferencia, cheque nominativo o ingreso en cuenta (nunca en efectivo)
- Se descuenta lo subvencionado
- No vale para la parte de la vivienda afecta a una actividad económica; garajes y trasteros comprados con la vivienda cuentan
Cómo se pide: En la declaración de la renta de cada propietario, en los ejercicios 2021 a 2027 según lo pagado cada año (siempre que ya exista el certificado de después).
Compatibilidad: Compatible con subvenciones (se resta lo subvencionado). Si se aplica esta, no se pueden aplicar la del 20 % ni la del 40 % por las mismas obras del edificio.
Certificados de Ahorro Energético (CAE): cobrar por la energía que ahorras
Ministerio para la Transición Ecológica (MITECO)
Las eléctricas, gasistas y petroleras están obligadas a 'comprar' ahorros de energía. Si cambias la caldera por aerotermia, cambias ventanas o aíslas, puedes ceder ese ahorro (a través del instalador o de una empresa intermediaria) y cobrar un dinero, normalmente unos 110-140 € por cada MWh ahorrado en un año.
💶 Precio libre. Según el MITECO, el propietario del ahorro cobra de media entre 110 y 140 € por MWh (0,11-0,14 € por kWh de ahorro anual; dato a 31/05/2025, 115-140 €/MWh en el seguimiento de febrero de 2026). Ejemplo orientativo: piso de 90 m² que cambia una caldera de gas por aerotermia → unos 8.700 kWh/año de ahorro → unos 950-1.200 €.
🗓️ Sistema permanente: actuaciones iniciadas desde el 26/01/2023 y antes del 1/1/2031
Requisitos y cómo se pide
- Actuación de eficiencia energética iniciada después del 26/01/2023 y antes de 2031
- Que encaje en una ficha del catálogo del MITECO (en vivienda: aislamiento RES010/RES020/RES022, ventanas RES070, solar térmica RES030, bomba de calor sustituyendo caldera de combustión RES060, hibridación con bomba de calor RES090-099, ventilación con recuperación RES220/230, electrodomésticos RES050-054, rehabilitación profunda RES080)
- El particular no puede vender CAE directamente: firma un convenio de cesión del ahorro con un sujeto obligado o un sujeto delegado (o un intermediario)
- Certificado energético, facturas, fotos antes/después y certificado del instalador; lo verifica una entidad acreditada por ENAC
- Tramitarlo dentro de los 3 años siguientes a terminar la obra
- Solo cuenta el ahorro de un año (1 CAE = 1 kWh de energía final ahorrada al año)
Cómo se pide: Pregunta al instalador si gestiona los CAE o contacta con un sujeto delegado; firmas la cesión del ahorro (en comunidades, el presidente con certificado digital) y te pagan o te lo descuentan de la factura.
Compatibilidad: Compatible con subvenciones públicas y bonos sociales, salvo ayudas pagadas con el Fondo Nacional de Eficiencia Energética. Subvención + CAE no pueden superar el 100 % de la inversión. Compatible con las deducciones de IRPF.
Plan Estatal de Vivienda 2026-2030: ayuda a la rehabilitación integral de edificios y viviendas unifamiliares
Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana, gestionada por cada comunidad autónoma
Subvención para comunidades de propietarios y dueños de casas unifamiliares que rehabilitan el edificio (estructura, accesibilidad, fachada y cubierta con aislamiento, amianto…). Puede cubrir entre el 40 % y el 80 % del coste, con topes por vivienda; se pide en tu comunidad autónoma.
💶 Seguridad/estructura: 40 % hasta 8.000 €/vivienda (60 % y 12.000 € si se combina con otras). Accesibilidad: 70 % (80 % con mayores de 65 o discapacidad ≥ 33 %) hasta 13.000 €/vivienda, ampliable a 18.000 €, 20.500 € o 22.000 €. Habitabilidad y sostenibilidad: 65 % hasta 13.000 €/vivienda si se ahorra 45-60 % de energía o demanda, 80 % hasta 20.500 € si se ahorra ≥ 60 %; obras parciales de envolvente: 40 % hasta 7.500 €/vivienda. Hasta el 100 % para propietarios en vulnerabilidad económica
🗓️ Plan vigente 2026-2030; cada comunidad autónoma abre sus propias convocatorias
Requisitos y cómo se pide
- Edificios residenciales colectivos o viviendas unifamiliares terminados antes de 2006 (la comunidad puede admitir más nuevos)
- Proyecto o memoria técnica y Libro del Edificio Existente
- Retirar el amianto que haya en el edificio por empresa inscrita en el RERA
- Si el Libro del Edificio pide actuar en seguridad estructural, hay que hacerlo primero
- En comunidades: acuerdo de la junta; solo participan en el reparto las viviendas que son domicilio habitual
- La envolvente debe cumplir el CTE HE1; no se subvencionan calderas ni generadores de combustibles fósiles
- Certificado energético antes y después para cobrar la parte de eficiencia; plazo de obra máximo 36 meses
Cómo se pide: En la convocatoria de la consejería de vivienda de tu comunidad autónoma (normalmente la pide la comunidad de propietarios o un agente rehabilitador).
Compatibilidad: Compatible con otras ayudas para el mismo objeto, salvo las demás de este plan; el total no puede superar el coste. Compatible con las deducciones de IRPF (restando lo subvencionado) y con los CAE.
IVA reducido del 10 % en obras de reforma y reparación de vivienda
Agencia Tributaria (Estado)
Las obras de reforma o reparación de tu vivienda pagan un 10 % de IVA en vez del 21 %, siempre que la casa tenga más de 2 años y los materiales que pone la empresa no pasen del 40 % del precio.
💶 IVA del 10 % en lugar del 21 % (ahorro de unos 11 puntos sobre la base de la factura)
🗓️ Regla permanente; cambia el 1/12/2026 si se convalida el RDL 29/2026 (ver notas)
Requisitos y cómo se pide
- Quien encarga la obra es una persona física para su uso particular (no como empresa) o una comunidad de propietarios
- La vivienda se terminó de construir o rehabilitar al menos 2 años antes de empezar la obra
- Los materiales que aporta el contratista no superan el 40 % de la base imponible de la factura
- Si la empresa solo vende e instala equipos (placas, aerotermia, ventanas, aire acondicionado), normalmente los materiales pasan del 40 % y se paga el 21 %
Cómo se pide: No se pide: la empresa lo aplica en la factura si se cumplen los requisitos (suele pedirte una declaración de que es tu vivienda particular).
Compatibilidad: Compatible con todas las ayudas y deducciones.
Convocatorias en Cantabria
Subvenciones para rehabilitar o reformar la vivienda publicadas en el último año en la Base de Datos Nacional de Subvenciones que pueden pedir particulares o comunidades de propietarios.
Abiertas o recién publicadas (0)
Ahora mismo no hay ninguna abierta aquí. Mira las del último año: muchas se repiten cada año por las mismas fechas.
Fuente: Base de Datos Nacional de Subvenciones(Ministerio de Hacienda). Revisamos las convocatorias nuevas cada día y las resumimos con ayuda de IA: comprueba siempre los requisitos y el plazo en la convocatoria oficial.
Ayudas cerradas ahora
No admiten solicitudes nuevas. Las de las comunidades suelen convocarse cada año; los programas estatales de esta lista ya terminaron.
Ayudas Next Generation a la rehabilitación energética (RD 853/2021) — terminadas
Los programas de rehabilitación con fondos europeos (por edificio y por vivienda) exigían terminar las obras antes del 30/06/2026. Ya no sirven para obras nuevas; los ha relevado el Plan Estatal de Vivienda 2026-2030. (Obras terminadas antes del 30/06/2026; justificación hasta el 31/12/2026)
Preguntas frecuentes
¿Las ayudas son para el propietario o para la comunidad de vecinos?
Hay de los dos tipos: las de fachadas, cubiertas, ascensores y estructura suelen pedirlas las comunidades de propietarios; las de interior de la vivienda, el propietario o el inquilino con permiso.
¿De dónde salen las convocatorias?
De la Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS), donde todas las administraciones tienen que publicar sus ayudas. La revisamos cada día con los términos de cada obra y resumimos las que pueden pedir particulares o comunidades de propietarios. Comprueba siempre las bases oficiales antes de pedir una.
Otras ayudas para la casa
Fuentes
- BOE — Real Decreto-ley 7/2026, art. 36.Uno (DA 50.ª Ley 35/2006, apartado 3)
- BOE — Ley 35/2006 del IRPF, texto consolidado
- BOE — Real Decreto 36/2023, de 24 de enero, sistema de Certificados de Ahorro Energético
- MITECO — Preguntas frecuentes del sistema CAE
- MITECO — Catálogo vigente de fichas, sector residencial
- MITECO — Ficha RES060 (sustitución de caldera por bomba de calor)
- MITECO — Informe del sistema CAE, mayo 2025 (precio medio 110-140 €/MWh)
- BOE — Orden TED/133/2026 (obligaciones 2026; equivalencia financiera 2,31 M€/ktep)
- BOE — Resolución de 3/06/2026 que actualiza las fichas RES010, RES020 y añade RES022
- BOE — Real Decreto 326/2026, de 22 de abril, Plan Estatal de Vivienda 2026-2030 (arts. 95-103 y anexo II)
- La Moncloa — Reparto del Plan Estatal de Vivienda (28/04/2026)
- BOE — Ley 37/1992 del IVA, art. 91.Uno.2.10.º (consolidado)
- BOE — Real Decreto-ley 29/2026, de 6 de octubre, art. 7.Tres (cambios con efectos 1/12/2026)
- AEAT — Manual práctico Renta 2025, Cantabria, obras de mejora (art. 2.3 DLeg 62/2008)
- BOC Cantabria extraordinario n.º 12 de 30/04/2026 — Ley 5/2026, art. 2.Siete (nuevo apartado 19 del art. 2 del DLeg 62/2008)
Programas revisados a mano en las fuentes oficiales; convocatorias de la BDNS, actualizadas cada día.